Resumen: Revoca la condena dispuesta por Juez de Instrucción y absuelve al denunciado de un delito leve de coacciones. Denunciado que ha sido designado tutor de otra persona y prohíbe las vistas y las comunicaciones al denunciante respecto de la persona que se encuentra bajo su tutela, sin haber recibido facultades para restringir visitas o comunicaciones. Facultades revisorias inherentes a la función del tribunal de apelación. Delito de coacciones. Elementos requeridos para la aparición del tipo penal. No existe esta figura de coacciones cuando el agente obra legítimamente autorizado, ya por un derecho propio, ya por facultad o deber de cargo. En los hechos probados no se identifica en la conducta o comportamiento del denunciado el dolo directo y específico, de querer restringir, coartar o impedir la libertad de obrar ajena.
Resumen: Impugna el demandante el desistimiento empresarial en periodo de prueba alga vulneración de derechos fundamentales, coso , derecho a la intimidad, encontrándose el actor en situación de Incapacidad Temporal cuando se le comunico el cese. Por el Juzgado de lo Social se estima en parcialmente la demanda, se declara el despido improcedente desestimando la pretensión de nulidad por considerar que no se han vulnerado los derechos fundamentales alegados. Se interpone recurso de Suplicación por le trabajador que es desestimado. Así y en cuanto a la revisión de hechos probados se desestimad y en cuanto al motivo de denuncia jurídica también se desestima y ello porque el recurso esta indebida y deficientemente formulado. La Sala hace un amplio repaso legal y jurisprudencial no solo en cuanto a la naturaleza, extraordinaria y cuasi casacional del recurso de suplicación sino también a los requisitos que el mismo debe de cumplir, En concreto no es suficiente con manifestar la discrepancia en cuanto a la Fundamentación Jurídica sino que debe de citarse expresamente la norma que se denuncia como infringida y motivar tal infracción pues de no ser y de admitirse se estaría causando indefensión a la recurrida.